Una reciente reforma publicada el 21 de febrero de 2025 generó inquietud entre los empleadores al modificar el Artículo 29 de la Ley del INFONAVIT. El cambio sugiere que los descuentos por créditos hipotecarios no deben suspenderse ante ausencias o incapacidades del trabajador, lo que levantó una gran duda: ¿los patrones deben cubrir la parte no descontada?
